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Tefila, ¿Mitzvá o Halajá?

Por: Rav Daniel Shmuels

Hace poco me encontré en medio de una discusión entre dos miembros del Shul. Por un lado, el Gabai sostenía que nuestra Tefila no es una Mitzvá sino una Halajá; por el otro lado, el presidente sostenía que nuestra Tefila sí es una Mitzvá con sus respectivas Halajot. Frente a esta discrepancia se dirigieron a mí para verificar su punto de vista. Se puede decir que la respuesta dada fue salomónica en el mejor de los casos por cuanto ambos tienen la razón. De hecho, hay dos opiniones que sostienen cada posición expuesta puntualmente, lo cual hace ambas perspectivas aceptables; pero, ¿cuáles son esas opiniones y qué dicen?

 El Rambam en Hiljos Tefila 1:1 nos dice que antes de la destrucción del primer Beit HaMikdash, cuando todos los judíos vivíamos en Eretz Israel y todos hablábamos el Lashón HaKodesh en nuestra cotidianidad, no era necesario tener un texto establecido para el rezo porque todos podíamos expresar nuestras necesidades comunitarias y personales en hebreo. Fue debido a la Diáspora, nos relata el Rambam, que los miembros de la Anshei Kineset HaGuedola decidieron establecer un texto para expresar esas necesidades personales y comunitarias para que la unidad judía no fuese amenazada severamente. Por consiguiente, instituyeron un texto con 18 bendiciones de inspiración Divina. Sin embargo; en la época de Raban Gamliel, la cantidad de personas que negaron la existencia de Dios y Su Hashgaja Pratit se había elevado tanto que fue necesario instituir una bendición adicional para compensar el declive en la Emunat HaShem. 

 En adición a ese texto, nuestros sabios establecieron el Jiuv de rezar tres veces al día en conmemoración a los sacrificios diarios del Templo. Los tres rezos son; a saber, Shajarit en lugar del sacrificio Tamid Shel Shajar. Minja en lugar del sacrificio Tamid Shel Bein Haarbaim y Maariv. Ahora bien; Maariv nunca fue instituido como un rezo obligatorio, fue un Reshut, se puso en lugar del servicio del Templo en donde se quemaban las grasas y cualquier otro órgano que no se hubiera puesto en el Mizbeaj de los Tamidin de la mañana y de la tarde. Aparte de ello, los rabinos instituyeron dos rezos adicionales para días especiales; a saber, Musaf y Neila. Musaf literalmente significa adición y hace referencia al servicio adicional en que se llevaba a cabo en el Beit HaMikdash en días como Shabat, Yom Tov, Rosh Jodesh  y Jol HaMoed. Neila por su parte se dice en días de ayuno como Yom Kipur después de Minja. 

Si bien la Anshei Kineset HaGuedola hizo esta Takana que se convirtió en Jiuv MiDeRabanan para rezar tres veces al día, la pregunta que queda es, ¿hay una Mitzvá MiDeOraita para rezar? 

 Técnicamente se debería dividir esta respuesta en tres diferentes secciones, una para los hombres, otra para las mujeres y una última para los niños y en cada una de ellas analizar la responsabilidad y deber en cada uno de los rezos. 

 Para los hombres, el Rambam establece que como Mitzvá de la Torá existe un Jiuv de rezar una vez al día bajo el formato de alabanza, súplicas y gracias sin tiempo específico ni texto en particular. MiDeRabanan existe el Jiuv de rezar tres veces al día. Por su lado, el Ramban sostiene que no hay ninguna obligación de la Torá para rezar diariamente; sin embargo, existe la obligación de pedirle a Dios en un momento de necesidad sin ningún texto o tiempo específico, sosteniendo la misma opinión que el Rambam frente al Jiuv rabínico. El Mejaber establece que la Tefila es un Mandamiento Positivo Sujeto al Tiempo y por consiguiente, sostiene la misma opinión que el Rambam en ambos aspectos. La Mishná Brura trae a colación que la mayoría de autoridades rabínicas están en desacuerdo con el Mejaber y por ende sostiene la opinión del Ramban. En este punto dos opiniones sostienen que sí hay una Mitzvá MiDeOraita para rezar y dos que lo niegan. El asunto radica en que la mayoría de Israel sigue la opinión tanto del Rambam como la del Mejaber y en ese sentido ratificaríamos que Tefila es una Mitzvá de la Torá.

 El asunto para la mujer es un poco más complejo por su relación temporal con la Mitzvá. Para el Rambam, la obligación de la Torá es un Mandamiento Positivo No Sujeto al Tiempo; por consiguiente, la mujer tiene el mismo Jiuv MiDeOraita que el hombre. Sin embargo; frente al Takana rabínica, debido a que es una obligación que exige un tiempo específico y las mujeres no están obligadas a ninguna Mitzvá sujeta a tiempo específico, aún cuando sea rabínica, ellas no tienen que llevarla a cabo. Por su lado, el Ramban establece que las mujeres tienen la obligación, debido a que está Mitzvá no está sujeta a un tiempo específico, de pedirle a Dios en tiempos de necesidad al igual que los hombres. Ahora bien, el Ramban sostiene que debido a que la Tefila es una súplica de misericordia para con nosotros a Dios, las mujeres también necesitan de esta misericordia y por consiguiente la Kavana de Jazal es que ellas también están obligadas a estos tres rezos. En este caso el Mejaber sostiene la opinión del Rambam y la Mishna Brura la del Ramban. Igualmente, en esta sección la gran mayoría sigue la opinión tanto del Rambam como la del Mejaber. 

En relación con los niños, tanto el Rambam como el Ramban establecen que la obligación de un niño de rezar proviene de la Torá, su origen está en la Torá y su cumplimiento recae sobre el padre, en la obligación que este tiene de enseñarle y habituarlo a llevar a cabo todas las Mitzvot de la Torá, incluyendo esta.