Por: Rav Daniel Shmuels
La problemática del uso de medicinas en Shabat resulta polémica por cuanto el judío promedio considera erróneamente que toda medicina puede ser utilizada en Shabat porque toda enfermedad cae en la categoría de Pikuaj Nefesh; es decir, cualquier medicamento puede ser utilizado en Shabat porque todo malestar es Pikuaj Nefesh. La verdad es que de hecho el consumo de toda medicina es prohibido en Shabat a menos que sea por Pikuaj Nefesh y ese "a menos" implica que no todas las enfermedades o dolores caen en esa categoría y por consiguiente las medicinas no pueden ser utilizadas arbitrariamente en Shabat.
La prohibición de consumir medicinas en Shabat proviene de la Mishná en Shabat 109b y 111a. Ahora bien, el motivo por el cual se prohíbe el uso de medicamentos en Shabat está en la Guemará en la Masejta de Shabat 53b donde se explica que Jazal nos prohibió tomar medicinas en Shabat para evitar que molamos los elementos para el medicamento en Shabat puesto que moler es una de las Lamed Tet Melajot de Shabat que en hebreo se conoce como Toijen. El asunto radica en que antiguamente el "doctor" o "alquimista" preparaban la medicina en el acto, preparación que requería triturar y moler los elementos medicinales en el momento mismo de suministrarla, no como en nuestros días donde los medicamentos, por lo general, ya están preparados.
Pero, ¿por qué esta prohibición rabínica aún continúa si la razón para su establecimiento ya no es relevante? La respuesta es simple, porque los decretos rabínicos continúan aun cuando su razón ya no sea relevante. El Talmud en la Masejta de Beitzá 5a, basándose en un precedente bíblico, establece que una vez los rabinos hacen un decreto, "solo una asamblea rabínica de la misma categoría lo puede destituir". En la época del Ramban y del Mejaber, los medicamentos seguían haciéndose manualmente en el momento de suministrarlos haciendo que la prohibición continuará sin problemática alguna; empero, el Mejaber es muy puntual frente a Jazal cuando dice en Oraj Jaim 328: "Es nuestra costumbre", implicando que aún cuando pase la relevancia este comportamiento de no usar medicinas en Shabat continuará hasta que una nueva asamblea de igual categoría a la que estableció el primer decreto surja y cambie la legislación. Hoy en día no hay una asamblea rabínica de la misma estatura que la de nuestros sabios; por consiguiente, el decreto de Jazal sigue en pie aún cuando su razón no sea relevante. Es por ello que aún hoy en día continúa la prohibición de consumir medicamentos en Shabat, aun cuando el proceso de molido se haya llevado a cabo antes de Shabat.
Ahora bien, queda por aclarar cuáles son los requisitos para considerar Pikuaj Nefesh un malestar y entonces permitir el uso de medicinas en Shabat. Nuestra Halajá nos proporciona un listado puntual para determinar a partir de qué punto una enfermedad puede comprometer la vida de una persona permitiendo por consiguiente el uso de medicamentos en Shabat.
1. Mayjush BeAlma: Indisposición menor: Un golpe menor, una cortada menor, una quemada menor, etc.
2. Miktzat Joli: Semi enfermedad. Dolor de cabeza, dolor de muela, acidez estomacal, etc.
3. Tzaar Gadol: Dolor severo. Postrado en cama debido al dolor de una semi enfermedad.
4. Jole Kol Gufo: Enfermedad debilitante. Sensación de enfermedad total con síntomas que no permiten el funcionamiento normal de la persona. Gripa, diarrea, vomito, fiebre, gastritis, etc.
5. Sakanat Aiver: Amenaza a un órgano. Cortada severa, hueso quebrado, quemada severa, etc.
6. Sofek Pikuaj Nefesh: Posible amenaza a la vida. Enfermedades crónicas, tratamientos médicos a corto tiempo (antibióticos), tratamientos médicos a medio tiempo, etc.
7. Pikuaj Nefesh: Amenaza certera a la vida. Ataque cardiaco, derrame cerebral, dar a luz, etc.
Halájicamente hablando estas categorías se pueden dividir en tres; a saber, del punto 1 al 3 no se pueden utilizar medicinas en Shabat bajo ninguna circunstancia y no hay ninguna excepción que valga, ni siquiera si la medicina se proporciona haciendo Shinui. El punto 4 es lo que yo llamo la zona gris; es decir, depende del paciente, de la edad, del grupo de riesgo, etc. El Rambam y el Mejaber consideran que Jole Kol Gufo no presenta riesgo a la vida como tal pero dependiendo del paciente el uso de medicina está permitido; es más, hasta el uso de medicina frente al primer signo de posible aparición de la enfermedad está permitido. Este es el punto más problemático por cuanto es donde la mayoría de "enfermedades comunes" y/o "enfermedades transitorias" están.
Halájicamente hablando estas categorías se pueden dividir en tres; a saber, del punto 1 al 3 no se pueden utilizar medicinas en Shabat bajo ninguna circunstancia y no hay ninguna excepción que valga, ni siquiera si la medicina se proporciona haciendo Shinui. El punto 4 es lo que yo llamo la zona gris; es decir, depende del paciente, de la edad, del grupo de riesgo, etc. El Rambam y el Mejaber consideran que Jole Kol Gufo no presenta riesgo a la vida como tal pero dependiendo del paciente el uso de medicina está permitido; es más, hasta el uso de medicina frente al primer signo de posible aparición de la enfermedad está permitido.
Este es el punto más problemático por cuanto es donde la mayoría de "enfermedades comunes" y/o "enfermedades transitorias" están. En la actualidad, la mayoría de Poskim no permiten el uso de medicinas si la enfermedad aparece durante Shabat; sin embargo, los mismos Poskim permiten el uso de medicina si es parte de un tratamiento que se empezó a administrar antes de Shabat; de igual manera, para unos Poskim el uso de medicamentos en esta categoría depende del tipo de medicina. La razón de estos Poskim actuales es que hoy en día estas enfermedades no presentan un riesgo como en la antigüedad; empero, siempre hay que tener en cuenta los factores mencionados anteriormente y por ello mismo, más que cualquier otra categoría de enfermedades, este caso debe ser consultado directamente con la autoridad rabínica local por sus particularidades. Ahora bien, la Halajá establece dos perspectivas de acción frente a las Halajot en general; a saber, Majmir y Makil. Majmir indica tomar la decisión más estricta de cómo llevar a cabo la Halajá mientras que Makil indica tomar la decisión menos estricta. He aquí lo paradójico de este asunto, la Halajá establece que frente a una duda proveniente de la Torá siempre hay que ser Majmir pero frente a una duda proveniente de un decreto rabínico siempre hay que ser Makil.
En este sentido, las posibles dudas del punto 4 son resueltas instantáneamente; sin embargo, ese no es nuestro proceder a pesar que la razón de la prohibición y la prohibición en sí misma es rabínica y no de la Torá, seguimos siendo Majmir frente a este decreto en lugar de ser Makil como lo determina nuestra Halajá. Entonces, ¿por qué no seguimos la Halajá y somos Makil frente a las medicinas en Shabat y a la vez observamos el mandamiento positivo de regocijarnos en Shabat? ¿Por qué en este caso particular tenemos que ser eternamente Majmir cuando para los demás no? Para finalizar, del punto 5 al 7, toda medicina es permitida y obligatoria en Shabat; de hecho, toda ley puede ser quebrada para mantener la vida de una persona.