Imprímeme

Mitzvot auditivas

Por: Rav Daniel Shmuels

Recientemente celebramos Rosh Hashaná; llamado originalmente por la Torá como Yom Truah, día del sonido (del Shofar). El motivo por el cual nuestra sagrada Torá nombra a este día de esa forma se debe a su principal Mitzvá; a saber, escuchar el Shofar. Halájicamente hablando, el acto de escuchar el Shofar implica que este debe ser llevado a cabo directamente; es decir, en vivo y sin ningún medio de interferencia. Por consiguiente, escuchar el Shofar en una grabación auditiva o visual, por el teléfono o por medio de un micrófono invalida la Mitzvá, sin mencionar que el uso de cualquier dispositivo eléctrico está prohibido en estos días de Yom Tov.

Rosh Hashaná es la única festividad bíblica que nos exige una Mitzvá auditiva; sin embargo, tenemos una festividad post bíblica, instituida por nuestros rabinos, que también nos exige una Mitzvá auditiva; de hecho, esa Mitzvá forma parte de las muy famosas Sheva Mitzvot Derabanan, las 7 Mitzvot rabínicas. Se trata de la festividad de Purim y, respectivamente, de la Mitzvá positiva de escuchar la Meguilah de Ester. En este caso; nuevamente, nuestra sagrada Halajá nos enseña que dicha Mitzvá sólo se puede llevar a cabo en vivo y en directo, sin ningún medio de interferencia. Es decir, escucharla por medio del teléfono, altoparlante, micrófonos, grabaciones auditivas o visuales, etcétera, está prohibido, determinando que la Mitzvá no se ha llevado a cabo, por más que Purim no caiga en Shabat.

El asunto de permitir el uso de cualquiera de estos aparatos para satisfacer el cumplimiento de ambas Mitzvot es históricamente controversial. En principio; a inicios del siglo XX, varias autoridades rabínicas permitieron el uso de estos dispositivos. De cualquier forma; ellos no tenían la información científica exacta, así que basaron su decisión bajo una deducción de sentido común. Años más tarde, los Poskim posteriores a la mitad del siglo establecieron que estos aparatos toman el sonido y lo transforman en señales eléctricas las cuales alteran su origen natural convirtiendo el sonido emitido en una versión distorsionada del mismo, por más que la reproducción sea inmediata y fiel al sonido original. Esto indica que el escuchar un sonido a través de uno de estos dispositivos no es, Halájicamente hablando, equivalente a escucharlo en vivo y en directo, por más que se esté en ese preciso momento en el lugar del evento. Es de esta manera como pasamos de una legislación en donde se supone una transmisión inmediata del sonido a una en la cual el sonido es transformado primero en señales eléctricas y por ende, distorsionado. Esto llevó a que años más tarde las organizaciones rabínicas que lideran el judaísmo ortodoxo establecieran públicamente la prohibición de estos aparatos para cumplir con ambas Mitzvot. Ahora bien; a pesar de ello, hay opiniones de los mismos Poskim que resultan contradictorias al respecto así como también hay opiniones que contradicen drásticamente la posición tomada como Halajá. 

Entonces; tomando como base que nuestro proceder ortodoxo, en condiciones normales, establece que para poder satisfacer ambas Mitzvot es necesario escucharlas en vivo y en directo sin ningún tipo de intermediario, surge una pregunta que ha cuestionado a nuestros Poskim desde que la tecnología introdujo al mundo una creación fantástica para aquellos que sufren de problemas auditivos; a saber, el audífono portátil. Para aquellos que no lo saben, el audífono portátil es un pequeño objeto que se ubica en el oído de una persona cuya audición es mínima, o se ha ido disminuyendo con la edad, para que pueda escuchar con la claridad de una audición normal. Este dispositivo es electrónico y su funcionamiento básico es como el de un micrófono; es decir, amplifica las ondas sonoras para que el receptor escuche apropiadamente. Surge entonces la pregunta; si el audífono portátil tiene el funcionamiento básico de un micrófono, ¿están, las personas que usan este aparato, cumpliendo con las Mitzvot del Shofar y de la Meguilah de Ester? Más aún, ¿está permitido el uso de este dispositivo en Shabat y en Yom Tov con sus implicaciones respectivas?

La respuesta puede parecer en principio simple y sencilla; sin embargo, hay varios aspectos en ella que la hacen un poco compleja. Para poder determinar si una persona que usa audífono portátil lleva a cabo las dos Mitzvot mencionadas anteriormente es necesario establecer si este dispositivo se puede utilizar en Shabat o no. El motivo radica en su funcionamiento electrónico y la posibilidad de distorsión y retraso en las ondas sonoras. 

Es importante aclarar en este punto que aún hay una duda frente a aquellas personas que usan el audífono en un solo oído y no en ambos. Las opiniones más estrictas consideran que si un oído tiene audición normal no es necesario utilizar dicho aparato en Shabat, Yom Tov o para cumplir las Mitzvot mencionadas. Por su parte, las opiniones indulgentes consideran que si tal dispositivo está permitido en Shabat y permite cumplir las Mitzvot no hay necesidad de retirarlo en ningún caso.

Ahora bien; para el caso de Shabat y el uso de un audífono portátil, todos los Poskim reconocidos como autoridades Halájicas establecen que el uso de un audífono portátil está permitido en Shabat siempre y cuando se lo encienda antes de Shabat, no se lo apague durante el mismo, no se lo cargue eléctricamente y no se le mueva la medida de audición. Aun cuando cada uno de ellos se acerca al tema de una manera diferente, todos llegaron a la conclusión que la corriente aumentada generada por el audífono portátil no viola ningún Isur de Shabat y que los otros Isurim asociados con el uso de micrófonos, como lo son Avsha Milta y Shema Yitaken Kli, no son aplicables para estos dispositivos. De hecho, Rav Shukotowich de Baltimore hizo un estudio sobre la tecnología utilizada en estas ayudas auditivas y llegó a la conclusión que debido a la inmediatez del sonido entregado individualmente a la persona en cuestión, ninguno de estos Isurim de micrófono pueden surgir estableciendo de esta manera que se pueden utilizar en Shabat, Yom Tov y que quien los usa cumple completamente con las dos Mitzvot mencionadas en principio.

Aparte de ese aspecto fundamental en la utilización de estos dispositivos, todos los Poskim dejan claro en sus escritos que es necesario tener presente otro aspecto cuando se habla de la permisibilidad de estos aparatos; a saber, el bienestar y dignidad de una persona con problemas auditivos. En este caso, Rav Itzchak Weiss, Rav Shlomo Zalman Auerbach, Rav Ovadia Yosef y Rav Eliezer Waldenburg llegan a la misma conclusión Halájica de permisibilidad de los audífonos portátiles y a la misma sensibilidad necesaria frente a una persona con problemas auditivos.

De cualquier forma, queda pendiente la opinión de Rav Moshe Feinstein. En su Igrot Moshe OC 4:84, después de discutir los Isurim de los micrófonos, Rav Feinstein demuestra como ellos no son pertinentes a los audífonos portátiles desde que sean encendidos antes de Shabat. En su momento histórico, no era claro el funcionamiento exacto y diferencial entre un micrófono y un audífono portátil, debido a ello era inapropiado para él legislar con la opinión más estricta y decide establecer su permisibilidad. Si bien, Rav Feinstein toma en cuenta y descarta problemas como los de Pesik Reisha y Davar She’eino Mitkaven, al finalizar su análisis nos provee con una conclusión sorprendente; a saber, cuando alguien se esté dirigiendo a una persona que use audífonos portátiles lo más apropiado es que se haga indirectamente o asegurarse que haya otra persona más al hablar para que aquel que está hablando no infrinja ninguna posible Melajá. En mi inmensa ignorancia, aún hoy en día no logro entender esta dicotomía de Rav Feinstein. Supongo que la pregunta que nos queda a todos en este punto es, si está permitido que una persona use audífonos portátiles en Shabat, implicando que por ello dicha persona no rompe Shabat y subsecuentemente cumple las Mitzvot mencionadas en principio, ¿por qué no se le puede hablar, en principio, directamente?