Por: Alter B. Himelfarb W.
El tema del Divorcio, dentro del Judaísmo, es bastante “enredado”. Nuestros Jajamím le han puesto tanto follaje encima, que se pierde de vista el concepto. Se pierde de vista el “contenido”.
Antes de avanzar, debemos reconocer que el Judaísmo le debe claridad a nuestros Jajamím. Han sido hombres brillantes, geniales, pero de ninguna manera, –racional y lógicamente hablando-, considerar que cualquiera de ellos, posee el don Divino de la infalibilidad.
Es más, personas como ellos, humildes, modestas, sabias, de gran inteligencia, jamás habrían dicho para sí, que su palabra era infalible.
A manera de ejemplo, mencionamos a Rabí Najman de Breslav, un hombre sabio y de un alto nivel espiritual, un hombre sencillo y modesto. Él, dentro de su modestia, jamás habría pedido u ordenado o sugerido que después de muerto, “…que el que llegue a su tumba y diga allí los 10 capítulos de Tehilim, el “Tikún Haklali” que Rabí Najman reveló, le ayudara en todo lo que pueda, le arreglará y reparará su pecado y sufriente alma y prometió que de los “Peot”, lo sacará del profundo abismo…”
Una persona que escribía como él escribió, modesto y sencillo como era, estaba distante de hacer semejante solicitud.
Y ahora retomando el tema, el solo hecho de NO SER INFALIBLES, significa sencillamente, que podían ser sujetos o propensos a error, a equivocarse.
En “Hashavúa” 656, (2018-02-07), leí un interesante Artículo de Rav. Daniel Shmuels, sobre la “Mujer y estudio de Torah”, en la cual, existe una reglamentación “casi Divina”, increíblemente no corregida hasta la fecha, salida de la “sabiduría” de Rav, Eliézer ben Hyrcanus. Rav. Shmuel, considera que se trata de un “obtuso aporte”.
En este caso, un aporte más, lleno de prejuicios y mitos, que en vez de acercar al judío que quiere ser fiel a Dios, lo alejan de Él.
Rav Eliézer ben Hyrcanus, decía “despiadadamente”, que cuando una mujer aprende Torah, está aprendiendo a ser “Tiflut”. Hay 2 acepciones al respecto: una, que está haciendo algo inútil e innecesario y dos, que puede convertirse en una mujer “infiel” a su marido.
Obviamente, el Artículo de Rav. Shmuels, fue ampliamente desarrollado y con lujo de citas en al menos 4 Art’s. En las revistas de “Hashavúa”, 654, 655, 656 y 657.
Lo anterior, también a manera de ejemplo, de cómo el pueblo judío, en cierta manera padece una distorsión de su espiritualidad, causada por estos Jajamím, que, sea como sea, fueron opiniones de personas sujetas a error. Es decir, algunas de sus ideas pudieron ser acertadas, brillantes e infalibles, pero no sus autores.
Eliézer ben Hyrcanus, vivió entre los siglos I y II (e.c.). Fue discípulo de Yojanán ben Zakai. Fue maestro de Akiva ben Yosef. Retuvo algunas tradiciones del periodo del II Templo (¡Casi de 600 años atrás!) que estaban en franca oposición a las nuevas tendencias de la Academia de Yavné. Sus opiniones se basaban en las enseñanzas de la Escuela de Shamai. Su constante disputa con los otros miembros del Sanhedrín y su rechazo a aceptar el punto de vista de la mayoría, le valieron la marginación y el ostracismo. (Diccionario Enciclopédico del Judaísmo/Pág. 119/Salomón Lewinsky/Ed. Planeta/2009).
Increíble, pues que todavía de éste Jajam, se sostenga como infalible e inmodificable, un dictamen que erróneamente humilla y degrada a la mujer.
Lo anterior, como preámbulo para entrar a analizar, –en lo posible-, lo referente al Divorcio judío.
La razón de que exista un documento y la mención sobre divorcio, aparece en la Torah, en Deuteronomio XXIV, 1 al 2:
1) Cuando alguno tomare mujer casándose con ella y sucediere que ella no le agradare por haber él hallado en ella alguna cosa indecente, le escribirá carta de divorcio y la pondrá en su mano y la despedirá de su casa.
2) Y habiendo ella salido de su casa, ella podrá ir y ser de otro hombre.
De ahí se “desprendió”, que el derecho de divorciarse sería exclusivo del marido. Obviamente, así como hubo interpretación maravillosa, casi perfecta, sobre el “ojo por ojo y diente por diente”, en este caso, por causa de la sociedad machista de la época, no hubo ningún exégeta que interpretara, qué se debería hacer para cuando la víctima fuera la mujer.
En el Siglo XI, el Rabino Guershon Ben Yehuda (965-1028), autoridad rabínica, avanzó tibiamente a favor de la mujer, esto es, a darle una responsabilidad, autoridad y cierto poder, en esto del divorcio: decretó que no se permitiría más que un hombre se divorciara de su esposa, sin su consentimiento. Ésta fue una decisión (Post Torah) aceptada como obligatoria por toda la judeidad europea.
O sea, observemos que la Torah, no dice nada al respecto, pero se quiso con ese Edicto, recuperar parte de la justicia que merece la mujer. En algunas ocasiones, -y pareciera que-, de acuerdo a las circunstancias, a nuestros exégetas, se les olvida que hay un gran concepto tácito a todo lo largo de la Torah, cual es, la justicia.
Nuevamente, la Torah dice que “el marido le escribirá Carta de Divorcio”. Pero esa definición no hace exclusivo que el único que puede escribir una Carta de Divorcio, sea el marido. No dice algo al estilo de “…el único que puede escribir Carta de Divorcio, es el marido…”
Ahora bien, dejemos momentáneamente la especulación y entremos a la realidad. La realidad, es que hay maridos que “…se niegan a tener relaciones sexuales, o son impotentes, o no se preocupan por la manutención de su pareja, o le son infieles, o son violentos con su esposa, la golpean, la maltratan, la insultan, etc. o sufren de alguna enfermedad o incapacidad mental”.
También dentro de la realidad, tenemos que reconocer, que en Israel, la Corte Rabínica ha ejercido presión sobre el esposo renuente a conceder el divorcio. Hay “maridos” encarcelados por negarse a dar el divorcio. Además, la Corte Rabínica ha ejercido otro tipo de presiones, como por ejemplo, algo que raya en lo cursi y ridículo, de que le cancelen su Licencia de Conducción, obviamente, para forzarlo a que dé el Guet.
¿Es acaso justo o cuerdo, que un “marido”, acepte estar en la cárcel, como castigo por no dar el Guet? ¡No tiene ningún sentido! Si bien es cierto, que “el cielo llora, cuando hay un divorcio a la vista” y lo ideal sería salvar el matrimonio, no hay ningún sentido en prolongar una “relación” ya inexistente: Ya de por sí, quien prefiera perder su libertad para no dar el Guet, no debe estar en sus cabales. Además, es demasiada tortura para la mujer, es acabar con la vida de una mujer, que no pueda rehacer su vida para volver a vivir una vida de pareja, armoniosa y llena de satisfacciones espirituales y físicas.
No se entiende, que la inteligencia de los miembros de la Corte Rabínica, no utilizan para estos casos, el concepto de piedad y/o misericordia con un ser humano.
Flavio Josefo, en su “Epístola contra Apión”, comenta: “La Ley dice que la mujer es inferior al hombre en todo, que sea sumisa…para que se la pueda dirigir, porque la autoridad, Dios se la ha dado al hombre”. Desde luego, que no existe algo explícito en la Torah al respecto. Debe haber un error, por cuanto la “eternidad” de ese concepto, no es correcto al día de hoy. ¿Entonces dónde está la falla? No en la Torah, Dios nos libre, sino, –repito-, en las interpretaciones de personas “falibles”, sujetas a error.
Y volviendo a la Torah, encontramos indicios de que existe un grave error en todas estas equivocadas consideraciones hacia la mujer. En la Parashá “Ki-Tetzé, Cap, XX, vers. 10, nos habla de “No ararás con buey y asno juntos”. Dice el comentario en el Jumash del “Centro Educativo Sefaradí”/Jerusalem, Pág. 931, (::) que “En lo que se refiere a la prohibición de hacer trabajar al buey y al asno juntos, se sabe que cada clase de animal tiene una fuerza que le es propia y un modo de caminar particular de su género; obligar a dos animales diferentes a tirar juntos de la misma carga, o a caminar al mismo paso, es forzar la naturaleza de cada una de ellas y hacerlas sufrir, por lo cual la Torah lo prohíbe”.
Aquí, creo que no es difícil para nosotros, extrapolar, hacer una equivalencia entre un marido y una esposa, cualquiera de los dos, un buey o cualquiera de los dos, un asno.
Estoy absolutamente seguro, que en tratándose de dos animales –seres humanos-, con mayor razón, no es correcto lo de mantener unidos un “matrimonio” de “buey y asno”.
Por ello, no es que la Torah sea injusta en éste aspecto, Dios nos libre, sino que quienes se creyeron dueños y amos de ser intérpretes Divinos, crearon estos adefesios de comportamiento, que en vez de acercar, alejan de la Torah. Son tradiciones que vistas desde un punto de vista racional y lógico, no tienen asidero.
Y en la misma Parashá “Ki Tetzé”, en el Cap. XX, vers. 6 y 7, encontramos: 6) Cuando se encontrare algún nido de pájaro delante de ti en el camino, en cualquier árbol sobre la tierra, con polluelos o huevos, estando la madre echada sobre los polluelos o sobre los huevos, no tomarás a la madre que está con los hijos; 7) ciertamente dejarás ir libre a la madre a los hijos (polluelos o huevos) podrás tomar para ti.
Hemos citado estos versículos, para mostrar la enseñanza de la Torah, en cuanto a la misericordia, hacia unos animales e incluso hacia unos insensibles huevos de paloma.
“Rambam, nos recalca, que deberíamos arribar a la siguiente conclusión lógica: si vemos que la Torah toma tanto recaudo para no hacer daño a un animalito (e incluso a los huevos), cuanto más deberíamos tener cuidado de no hacer sufrir a un ser humano”. (5º Tomo, “Ideas de Debarim”- Isaac Sakal, pág. 202).
Por lo tanto, es hora de que nuestros Jajamím, que presumen de “tener a Hashem, agarrado de la barba”, recapaciten, usen de su inteligencia y revisen nuevamente sus conceptos sobre Misericordia y Compasión: Una vez, agotadas las posibilidades de una reconciliación en la pareja, lo que sigue es no mantener y alargar el sufrimiento en éste caso de la mujer, a quien no se le puede negar la posibilidad y su derecho de rehacer su vida de pareja y poder vivir en armonía.