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ADN y Halajá

Por: Rav Daniel Shmuels

Algunas Cortes Rabínicas de Medinat Israel han empezado a aceptar pruebas de ADN para probar el judaísmo de ciertas personas. La pregunta que surge a continuación es de doble naturaleza; a saber, ¿está permitido por la Halajá aceptar pruebas de ADN como certificados de judaísmo? Más allá de la Halajá, ¿es moralmente apropiado para nosotros como judíos “racializar” el judaísmo cuando hemos repetido a través de la historia que no somos una raza sino un pueblo de una fe?

En Motzei Shabat, el periódico Haaretz publicó un artículo que relata la historia de dos mujeres, una desea ser enterrada en un cementerio judío mientras que la otra se quiere casar. En ambos casos las cortes rabínicas requieren documentos demostrando el judaísmo de cada una. Debido a la insuficiencia en los documentos (no está detallado qué documentos fueron exigidos), ambas se enteran de la posibilidad de llevar a cabo un examen de ADN para probar su judaísmo. El primer caso sigue esperando respuesta en tanto el segundo fue aceptado. De acuerdo al artículo aproximadamente el 85% de casos son aprobados por las cortes rabínicas. El mismo artículo subraya que el examen de ADN por sí solo no evidencia el judaísmo de una persona sino que es complemento de otra documentación exigida; en otras palabras, el ADN ratifica aquello que la documentación exigida no presenta con claridad. 

Desde el punto de vista científico las, hoy en día muy famosas, pruebas de ADN son un arma de doble filo porque la gran mayoría no son mitocondriales. Esto quiere decir que dichas pruebas sencillamente analizan los diferentes grupos étnicos o sociales de una persona para establecer el porcentaje de cada uno de ellos hasta determinado tiempo atrás. Este tipo de prueba es tan peligrosa que una compañera de mi doctorado resultó teniendo 3% de judía Ashkenazí siendo total y absolutamente asiática. Ella utilizó una de las compañías más famosas en el mundo para llevar a cabo estas pruebas y lo único que quería saber era las áreas exactas de China de dónde provenían sus ancestros. Entonces, ¿son fiables del todo este tipo de pruebas?

He aquí la posible vía de conjunción entre Halajá y ciencia. La Halajá establece que una persona es judía si su madre es judía o si ha llevado a cabo una conversión Halájica ortodoxa. De acuerdo al artículo mencionado anteriormente, la prueba de ADN que acepta el Rabinato desde el año pasado es una prueba mitocondrial. Pero, ¿qué quiere decir esto? Pues bien, el ADN mitocondrial es heredado exclusivamente de la madre y de nadie más. De ahí se puede analizar la línea ancestral por parte materna; es decir, es ese análisis el que puede determinar si en algún momento una de las mujeres en la familia de la persona perteneció a tal o cual grupo étnico, geográfico o social y sin lugar a dudas determinar puntualmente el legado directo de la madre. 

De cualquier forma, esto sólo asegura el judaísmo genético de una persona más no el judaísmo Halájico de la misma y es ahí dónde existe la discrepancia. Si bien algunas, no todas, cortes rabínicas aceptan estas pruebas como adiciones frente a otra documentación para tomar una decisión acerca del estatus de una persona u otra, las pruebas de ADN por sí solas no son índice de nada. Ahora bien, esto es en Medinat Israel más no en el resto del mundo. Recuerdo un caso que vino al Beit Din de South Florida, hace más de cinco años, donde el tribunal negó la conversión y matrimonio de la novia de un joven judío. La joven estaba perfectamente preparada, el problema era el muchacho, quien de acuerdo al tribunal no tenía absolutamente nada de judío. Paradójicamente el joven trajo su documentación ortodoxa con su ADN, frente a lo cual el tribunal rabínico le dijo de una manera muy elocuente que la biología junto con documentos sin una praxis ortodoxa verdadera no era determinante de nada. Trayendo la situación a la actualidad, aún hoy en día los Batei Din de América no aceptan bajo ninguna circunstancia, ni como complemento ni como base, ninguna documentación de ADN mitocondrial. Es por ello que toda conversión es LeJatjila y nunca LeJumra. Y toda documentación es emitida bajo la base de demostración Halájica. 

El asunto de las pruebas de ADN tiene otros matices que el artículo subraya como lo es el “racializar” el judaísmo, el hecho de convertir el judaísmo en una raza y no en lo que verdaderamente es; a saber, un pueblo con una fe en común que se expresa con comportamientos individuales y sociales particulares a su fe. Adicional a ello, agrega el artículo, está el indudable recuerdo del accionar Nazi que pretendía establecer una raza judía, para muchas personas este tipo de prueba es una reminiscencia de ese oscuro momento histórico, cuando en realidad no existe tal cosa como “el gen judío”. Aparte de ello, el artículo dice que dichos procesos de pruebas de ADN son humillantes, invasoras, perturbando la cotidianidad de las personas y apuntan a la creación de dos clases de judíos, los de primera clase y los de segunda categoría.

En conclusión, las cortes rabínicas de Medinat Israel pueden crear sus estándares a su antojo y si ello incluye una prueba de ADN mitocondrial, está perfecto, esos son sus reglamentos y tienen todo el derecho Halájico de implementarlos; sin embargo, eso no quiere decir que la Halajá permite pruebas de ADN mitocondrial como prueba de facto de judaísmo. Igualmente, las cortes rabínicas del resto del mundo tienen el derecho Halájico de establecer sus estándares y regulaciones como así lo deseen sin que esos pasos a seguir se consideren Halajá, sencillamente son procedimientos que pretenden mantener la pureza e integridad del judaísmo per sé y en ese sentido, tienen todo el derecho de rechazar absolutamente toda prueba de ADN mitocondrial como documento de judaísmo.