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La dificultad de Karet (excisión)

Por: Rav Daniel Shmuels

Uno de los conceptos Halájicos más complejos y actualmente más ignorados dentro de la teología judía, a nivel de castigos, es el de “Karet”; el cual, literalmente significa “cortar o recortar”. La palabra como tal proviene del verbo en hebreo “Karat” que comparte el mismo significado; de cualquier forma, para efectos religiosos, resulta más compatible y aplicable con la palabra “excisión” por cuanto implica la substracción de una parte en relación a un todo. 

En el contexto bíblico, Karet hace referencia a un tipo de castigo específico donde el pecador es “recortado de su pueblo”; es decir, una persona es removida de todo el pueblo o en otras palabras, uno es sustraído del todo. Esta excisión puede ser física o espiritual. La complejidad del término yace en la interpretación que nuestros sabios le dieron a esta palabra desde los años de la Mishná a pesar de los diferentes ejemplos que la Torá misma nos da cuando hace referencia a este castigo. 

Partamos del punto principal desde la perspectiva de la Torá; a saber, ¿cuáles son los crímenes por los cuales una persona es castigada con Karet? Pues bien, la Mishná en Keritot 1:1 nos provee un listado de 36 ofensas por las cuales alguien debe ser castigado con Karet, todas ellas provenientes de la Torá. Por ejemplo, evitar la circuncisión (Gen 17:14), comer levadura durante Pesaj (Ex 12:19), tener relaciones sexuales prohibidas (Lev 20:17), etcétera; sin embargo, entre esas ofensas también se encuentran otras que son más comunes en nuestros días debido al alto grado de asimilación de nuestro pueblo como lo es el no cumplir Shabat, no cumplir Nidá (separación menstrual) y no cumplir Kashrut (leyes dietéticas). Aparte de ello el Sefer Bamidbar en el Pasuk 15:30-31 nos advierte que todo aquel que deliberadamente cometa un pecado deberá sufrir el castigo de Karet.

He aquí la pregunta del millón, ¿a qué tipo de excisión se refiere Karet? Hay dos análisis al respecto; a saber, uno desde el punto de vista histórico y otro desde la interpretación rabínica. El historiador Yosefus en Antigüedades de los judíos 3.12:1 relata: “Aquellos que fueron encontrados culpables de tan insolente comportamiento, él (Moisés) ordenó su muerte como castigo”. Aquí Yosefus establece una igualdad entre Karet y las otras penas de muerte existentes en la Torá. Si bien podemos encontrar un grupo grande de estudiosos de la Torá que se unen a este concepto, la verdad es que el asunto desfallece porque la Torá misma, en repetidas ocasiones, expresa puntualmente la pena de muerte como tal sin recurrir a este término; entonces, ¿por qué utilizar la palabra Karet en lugar de pena de muerte?

Los sabios del Talmud nos enseñaron que Karet no es un castigo humano sino Divino; es decir, la corte rabínica no puede encontrar culpable a alguien de Karet y matarlo. El castigo por Karet viene directamente de Dios; por su lado, los casos donde Moisés dió la pena de muerte a alguien culpable de Karet se debe a la intrínseca conexión de nuestro maestro con el Todopoderoso. Ahora bien, el castigo puede ser la muerte física en esta tierra pero no sólo está restringido a ese único castigo y eso fue lo que nuestros sabios a través de la historia han tratado de explicar.

Una primera objeción a la pena de muerte por crímenes de Karet por parte de Dios como único castigo es que la Torá también utiliza para otros casos la expresión “muerte por la mano del Cielo”. Esto ratifica que Karet no es una muerte física en todos los casos. Esto llevó a una serie de definiciones que nos rigen hoy en día en la oscuridad por cuanto aún no es claro cuáles crímenes conllevan cierto tipo de Karet.

Desde la perspectiva del Talmud, debido a que es un castigo de origen Divino, Karet puede implicar morir antes de los 60 años, morir sin hijos o ser removido espiritualmente después de la muerte de todo el resto del pueblo. De acuerdo a Najmanides, dichas posibilidades son aplicables dependiendo del pecado y el tipo de vida que una persona haya llevado. Para Rav Yona Guerondi, en su majestuosa obra ética “Las Puertas del Arrepentimiento”, el castigo de Karet en vida se restringe a los pecados listados puntualmente en la Torá; sin embargo, la advertencia que provee Bamidbar implica una excisión absoluta y por consiguiente el castigo de Karet implica ser removido espiritualmente después de la muerte. En el primer caso la persona es castigada en vida pero no es castigada espiritualmente después de la muerte; empero, en el segundo caso la persona sigue cargando con su pecado aún después de morir y por consiguiente es removido espiritualmente. 

Ahora bien, dentro de la Halajá hay dos opiniones frente al Karet espiritual; es decir, el devenir del alma de una persona culpable de Karet después de la muerte. El Rambam, en su Mishná Torá en Hiljot Teshuva 8:1, establece que en tanto muere un culpable de Karet su alma es destruida completamente determinando que dicha persona muere la muerte de un animal. Najmanides, al contrario del Rambam, establece que el alma no es destruida después de la muerte sino que esa alma no califica para entrar al mundo superior donde las demás almas buenas son exaltadas; de cualquier forma, el alma continúa viva y tiene la facultad de ser elegida para Tehiat HaMetim (resurrección de los muertos). Esta última es la opinión por la cual hoy en día el judaísmo en general se guía. 

Es innegable que quedan muchas preguntas abiertas que no se reconcilian con las posiciones del Talmud; por ejemplo, tantos Tzadikim y Jajamin que murieron antes de los 60 años o que murieron sin hijos o tantos personajes de nuestra historia que fueron removidos físicamente de una y otra comunidad por mandato de una corte rabínica como resultado de una excisión. Todas preguntas abiertas que nos dejan en una zona gris prácticamente intocable por nuestros Poskim actuales donde la posición de Najmanides es la que representa, para nuestra actualidad, la posición de Klal Israel.