2024-03-28 [Num. 976]


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Columnistas  - Halajot en la Actualidad

Rav Daniel Shmuels

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Por Rav Daniel Shmuels
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Rav Daniel Shmuels nació en Bogotá, Colombia. Psicólogo de la Universidad Nacional de Colombia, psicoanalista del Lacanian School of Psychoanalysis e hizo sus estudios rabínicos en el Rabbinical College of America. Fue First Assistant Rabbi para Ohev Shalom al igual que para el Chief Rabbinate of Florida. Fundador del Beit Din of South Florida, miembro de los Batei Din of America. Tradujo y editó el libro “Bienvenido al Judaísmo: Una Guía al Judaísmo Básico y la Conversión Judía Ortodoxa”. Actualmente es el Head Rabbi de la Keilá The Private Shul of South Florida.

Medidas extremas para tiempos extremos

2017-12-05

Rabinos

En un intento pro activo de entender el establecimiento Haredi en la actualidad; sobre todo, su necesidad de arraigarse a un extremismo absoluto en su interpretación Halájica, se ha expuesto lo que nuestro Tanaj y Jazal (Nuestros sabios, bendita sea su memoria) nos enseñan acerca de la Ka’aanut (extremismo). Para Dios, para nuestros sabios y para Klal Israel (Todo Israel), dicho camino no es una opción. Entonces, ¿cómo podemos entender el establecimiento que regula nuestro judaísmo si la posibilidad a la diferencia no puede existir?

Dependiendo de la óptica interpretativa por la cual se opte hacer un análisis exhaustivo de nuestra sagrada Halajá es factible que se la entienda de dos formas; a saber, incluyente o excluyente. En términos generales, interpretar nuestra Halajá desde un punto de vista incluyente significa que las legislaciones dadas por la misma fueron establecidas para dar una mayor cobertura de rango a aquellos que se definen como judíos y su espectro de observancia. Por su lado, hacer una interpretación excluyente implica una interpretación que adiciona una serie de exigencias específicas que no están estipuladas explícitamente dentro de la misma y que en última instancia reducen ese rango de cobertura. Es decir; frente a la praxis Halájica, una interpretación estricta de la Halajá es por lo general excluyente y una interpretación indulgente es incluyente.

A mediados de este pasado verano, el establecimiento Haredi, la Gadol Rabanut (Gran Rabinato) de Israel, publicó una “lista negra” de 160 rabinos de 24 países de la diáspora que no cumplen con los estándares religiosos exigidos por el mismo. Este listado hace referencia a rabinos que testifican el judaísmo de una persona para que se pueda casar en Israel. En este listado se encuentran rabinos que ya fallecieron pero que aún así, su legado rabínico no tiene validez alguna por no adherirse completamente a la interpretación que ellos consideran como intrínseca a la Halajá, interpretación que en última instancia es extremadamente estricta y por ende, excluyente. Es decir, todo aquel que no se adhiera y comporte como ellos interpretan la Halajá no es lo suficientemente rabino como para recomendar que alguien es judío para casarse en Israel.

Si bien el listado incluye rabinos de todas las denominaciones del judaísmo, resulta paradójico que rabinos ortodoxos se encuentren en este listado solo por su interpretación indulgente frente a la Halajá. Resulta paradójico porque rabinos ultra ortodoxos con demandas económicas y de acoso sexual comprobados por cortes civiles y rabínicas no forman parte de este listado y sus cartas de recomendaciones son aceptadas sin ningún reparo por Rav Itamar Tubul, director de la división personal de estatus del Gran Rabinato de Israel  y quien emitió la lista negra. La pregunta que nos debe surgir a todos nosotros entonces es, ¿cuáles son los estándares de los que habla el gran rabinato? 

Lamentablemente la única respuesta que regresa repetitivamente es el nivel de adherencia a una Halajá petrificada cuya interpretación es la más extrema y severa. Sin embargo, aún dentro de esa perspectiva de interpretación, no he encontrado una legislación donde la Halajá permita el lavado de dineros, la desviación de fondos de Tzedaka para uso personal y el acoso sexual por medio de poder. Si nos vamos a la opinión más estricta, estas tres ofensas destituyen la Rabanut de cualquier rabino como líder ejemplar intachable que pueda verificar el judaísmo de una persona. Pero esa no es nuestra realidad actual; en nuestros días, como lo evidencia el listado de Rav Tubul, es un mayor crimen el que un rabino permita un Mynian compartido o el que se permita ordenar a una mujer como líder religiosa, tal como es el caso de Rav Avi Weiss, fundador del movimiento ortodoxia abierta y uno de los tantos rabinos que forman parte de dicha lista. 

Es importante anotar que el gran rabino Ashkenazí, Rav David Lau, no tenía la más mínima idea de la existencia de esta lista y frente a la exposición pública de la misma procuró un comunicado pidiendo disculpas frente al dolor que este listado le pudo causar a cualquier rabino y judío; sin embargo, el listado sigue y ningún judío recomendado por cualquiera de estos rabinos aún se puede casar en Israel. Esto tiene implicaciones más severas porque aun cuando una de estas parejas, recomendadas por cualquiera de los rabinos del listado, se case fuera de Israel, su Ketuba, sus futuros hijos y ellos mismos no serán considerados como judíos frente al Gran Rabinato. Entonces, ¿dónde queda nuestro judaísmo y quién es judío al final de cuentas?

Circunstancias extremas exigen medidas extremas nos dice la Gadol Rabanut frente a su proceder en relación con la permisibilidad de matrimonios en Israel y la aceptación de matrimonios y conversiones provenientes de la diáspora. En un intento fallido de recrear el dolor de Ezra HaSoifer cuando se enteró que los hijos de Israel se habían casado con mujeres foráneas y habían tenido hijos con ellas, el establecimiento Haredi nos asegura que en estos tiempos estamos sufriendo la misma problemática. Es innegable que el porcentaje de matrimonios mixtos está en la mayor cúspide que tenemos recolección en la era moderna; sin embargo, estamos muy lejos de la situación en la que se encontraba Ezra. Por un lado, no estamos hablando de la permisibilidad de matrimonios mixtos en este caso, estamos hablando de permitir el matrimonio de dos judíos que provienen de la diáspora con la carta de recomendación de un rabino que comprueba su judaísmo. Por otro lado, efectivamente estamos en un momento muy frágil donde el matrimonio mixto predomina; entonces, ¿por qué no permitir el que dos personas judías se casen bajo una Jupa con una Ketuba ortodoxa en Israel para que nuestro pueblo crezca positivamente? 

Entiendo perfectamente el profundo deseo que uno como judío y como líder religioso puede sentir para que Klal Israel cumpla la Halajá a cabalidad; pero, esa Halajá no está hecha solo con opiniones estrictas sino que por el contrario presenta un abanico de opiniones que permiten diferentes procederes que igualmente cumplen con los requisitos que Dios exige de su pueblo. Acá no estamos hablando, Jas BeShalom (Que Dios no lo quiera), de abandonar la Kashrut, de no cumplir Shabat, o de no cumplir Nidá ni Tzniut, tampoco se está hablando de dejar de hacer Tefila o ponerse Tefilin y Talit. Por el contrario, estamos hablando de judíos que cumplen con todos los requisitos que nos exige la Halajá como judíos; sencillamente, su interpretación de ella es menos severa y más incluyente que la de otros; empero, no por ello, menos judía.

Supongo que por mi educación formal y mi praxis personal y familiar pertenezco intrínsecamente al establecimiento Haredi como me lo recuerda diariamente mi Mashpiah (mentor rabínico); de cualquier forma, pretender excusar una segregación entre nosotros y castigar tanto a rabinos como a judíos por no seguir la opinión más estricta de la Halajá carece de todo concepto de benevolencia y no logro entender el proceder del mismo. Sí, la Gadol Rabanut de Israel es la entidad que nos “ratifica” los lineamientos del judaísmo actual pero no por ello puede destituir los lineamientos que Jazal ha establecido a través de los siglos como la Halajá misma lo estipula. Entonces, ¿cómo hacer para entender al establecimiento Haredi si su proceder radica en una Ka’aanut radical separatista sin fundamento legal alguno?



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