Audio por Vilma Chaskel
Una de las preguntas más recurrentes en el judaísmo diaspórico tiene que ver con el status de quienes son hijos de padre judío y madre no judía. ¿Cómo deben ser consideradas estas personas? Obviamente no son judías de acuerdo a la halajá ya que provienen de madre gentil, pero, ¿acaso el padre judío no les confiere un status especial? ¿Tiene el hijo de padre judío alguna conexión especial con su padre y con el judaísmo? ¿Corresponde circuncidar a un niño hijo de padre judío y madre gentil? ¿Corresponde incorporarlo como alumno al sistema educativo formal judío? ¿Y como socio a la comunidad judía? ¿Se lo puede honrar con la apertura del arca sagrada en la sinagoga o con el amarramiento (glilá) del rollo de la Torá? ¿Cuál debe ser nuestra actitud hacia quien halájicamente no es judío de acuerdo con su madre empero su identidad personal y su fe religiosa lo son según su padre? ¿Debemos acercarlo al judaísmo?
El status de quien es "Zera Israel" adquiere relevancia especialmente en una realidad como la contemporánea en la cual abundan la asimilación y los matrimonios mixtos y en virtud del deseo de los hijos de estas uniones de pertenecer al judaísmo. En otros tiempos la exogamia era un acto declarativo de alejamiento de la comunidad judía tanto en lo individual como en lo colectivo, sin embargo, en la actualidad abundan los casos de matrimonios mixtos que desean mantenerse conectados a la identidad y a la comunidad judía, así como también criar a sus hijos como tales.
Normalmente cuando se pregunta sobre el status de un hijo de madre gentil y padre judío la respuesta simple suele ser "goi" o no judío. De todas maneras, es interesante notar que en las últimas generaciones los juristas halájicos han innovado un status especial para quienes provienen de padre judío, un status intermedio que no es ni judío ni gentil, un status que le permite al individuo sentirse parte del colectivo judío, aunque halájicamente no lo sea y recibe el nombre de "Zera Israel" (simiente de Israel). En la práctica el status de "Zera Israel" recae sobre un no judío descendiente de judíos y este le adjudica una condición especial. En este sentido, el ex Gran Rabino de Israel dijo que "no se asemeja el caso de una mujer gentil hija de padre y madre gentiles al de una mujer gentil hija de padre judío, pues esta última sin duda ha recibido algún tipo de transmisión judía y por lo tanto su corazón tiene una conexión particular con el judaísmo y entonces es más fácil creer que se encuentra bajo influencia judía" (Sefer Mazkeret p.56).
Si revisamos el tema en los escritos de nuestros sabios del Talmud veremos que el hijo de un padre judío y una madre gentil no sólo que no es halajicamente judío, sino que legalmente no se lo considera vástago de su padre: "tu niño hijo de madre judía es considerado tu hijo mientras que el que nació de una gentil no es considerado tu hijo sino hijo de ella" (Tratado de Kidushín 68(B)). Esto significa que el niño en cuestión es gentil.
De todas maneras, si bien formalmente la halajá no reconoce una conexión formal entre el padre y el hijo, existe una consciencia natural que los vincula a ambos. El Rabino Uziel explica que, si bien formalmente el hijo carece de vinculación a su padre "por cuanto que es su vástago su corazón se apiada de él ya que le dio de comer en la boca" (Mishpetei Uziel VII 21).
El Rabino Tzví Hirsch Kalisher (1795-1874) que fuera miembro de la agrupación "Jibat Tzión" y uno de los precursores del sionismo fue uno de los primeros juristas en innovar el concepto de "Zera Israel" y exhortó a acercar al judaísmo a los hijos de padre judío y madre gentil. El Rabino Kalisher analiza la posibilidad de circuncidar un niño en esta condición y escribe lo siguiente: "En el caso de un niño hijo de padre judío y madre gentil, es nuestro deber abrirle una posibilidad y permitir circuncidarlo para que así cuando crezca pueda hacer la voluntad de su padre y hacer rápidamente la inmersión ritual correspondiente y si no lo circuncidamos le estaremos rechazando a dos manos de la grey de Israel y no estaremos procediendo en concomitancia en concomitancia con el versículo que reza " y nadie quedará relegado" y es menester señalar que en un caso así es más preceptivo ayudar en la conversión que el caso de quien ambos padres son gentiles... empero es nuestra responsabilidad ayudarles y, Dios nos libre, no rechazarlos" (extraído de la responsa de Rabí Azriel Hildeshaimer I Ioré Deá 229-230).
Es interesante notar que el Rabino Kalisher no pone hincapié en la culpabilidad del padre judío ni procura radiarlo de la congregación, sino que intenta mantener tanto a éste como a su hijo en el seno de la comunidad judía. Sin duda que en este caso nos hallamos ante un enfoque amplio e integrativo de los límites del pueblo judío.
En esta misma línea de pensamiento sobre la materia se encuentran los lineamientos del Rabino Ben Tzión Meir Jai Uziel (1880-1953) quien fuera el primer Gran Rabino Sefaradí del Estado de Israel: "A pesar de que formalmente estos niños no son considerados sus hijos, son considerados "Zera Israel por parte de padre" y es nuestro deber acercarlos al judaísmo y no apartarlos de la Torá ni del pueblo de Israel" (Responsa Piskei Uziel en cuestiones contemporáneas 61).
"De todas maneras, sin duda que debemos acercarlos en pos de sus hijos... aunque sean hijos de una madre gentil casada con un judío son "Zera Israel" y son comparables a un rebaño extraviado... y temo que si los rechazamos por completo... habremos de ser juzgados duramente por Dios y sobre nosotros se dirá el versículo que reza "a los relegados no habréis reunido y a los perdidos no buscasteis" (Ezequiel 34)" (Responsa Piskei Uziel 65).
El Rabino Uziel define a los hijos de padre judío y madre gentil como "rebaño perdido" que entran en la categoría de "y nadie quedará relegado" a pesar de que en un estricto sentido técnico no son judíos. El enfoque del Rabino Uziel a esta cuestión, plasmada en numerosas respuestas halájicas, no se limita únicamente al ámbito filosófico, sino que se desprenden del mismo aspectos sumamente prácticos e incluso activistas. En su opinión es necesario actuar en aras de integrar a estos hijos al pueblo de Israel y ampliar así el círculo de nuestra nación. El Rabino Uziel nos presenta aquí una actitud pragmática respecto de los límites de nuestro pueblo al referirse positivamente hacia quienes se encuentran firmemente identificados con en el pueblo de Israel en virtud de sus padres judíos y pueden incorporarse halájicamente al mismo y de esa forma engrosar sus filas.
El Rabino Uziel analiza el status de "Zera Israel" desde una perspectiva sumamente futurista, que piensa a largo plazo y un énfasis en lo colectivo que busca asegurar la existencia judía. De hecho, el Rabino Uziel escribió pensando no únicamente en aquellos hijos de matrimonio mixto sino en la totalidad de nuestro pueblo. Su enfoque es de carácter estratégico y busca dar contención a quienes son "Zera Israel".
En un contexto de matrimonios mixtos esta visión procura sumar y no restar, integrar a los hijos de los matrimonios mixtos. Para esos efectos les adjudica el nombre de "Zera Israel" o "simiente de Israel" y referirse a estos de un modo respetuoso y transmitirles así que son queridos y bienvenidos y que si bien halájicamente no son judíos el denominativo Israel se aplica también para ellos.
Con todas las diferencias del caso, recientemente fui consultado por una pareja italiana en la cual el muchacho es católico y la muchacha judía y deseaban contraer matrimonio en la iglesia. Cuando expresé mi sorpresa ante el hecho de que un sacerdote católico esté dispuesto a casar a una muchacha judía que no se convirtió al cristianismo, me dijeron que el cura pide únicamente que la novia firme un documento por medio del cual se compromete a bautizar a los hijos que nazcan de este matrimonio.
De más está decir que el Rabino Uziel se oponía firmemente a los matrimonios mixtos y veía en estos un peligro para la supervivencia del pueblo judío. Sin embargo, no temió enfrentar una pregunta muy simple: ¿qué hacer con los matrimonios mixtos que surgen de facto? ¿Qué actitud adoptar hacia los hijos de estos matrimonios? ¿Considerarlos deserciones de la viña del pueblo de Israel o acercarlos a la congregación no solamente por su bien sino en beneficio de todo el pueblo judío? El Rabino Uziel optó por la segunda posibilidad.
En los escritos del Rabino Eliashiv, encontramos directivas respecto de cómo acercar a estos hijos y convertirlos al judaísmo: "Respecto de la pregunta de cómo proceder con hijos de padre judío y madre gentil que piensan que son parte de nuestro pueblo en virtud de su descendencia paterna y ahora están interesados en cursar estudios judaicos y por lo tanto surge la interrogante de si corresponde o no acercarlos a los efectos de que pasen conversión según la halajá o rechazarlos en primera instancia como se suele hacer en el caso de un gentil... sin duda que es menester acercarlos y no alejarlos por cuanto que descienden de judíos (Recopilación "Netzaj Israel" citando al Rabino Eliashiv IV 5769 p. 362).