2024-11-21 [Num. 1010]


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Columnistas  - Halajot en la Actualidad

Rav Daniel Shmuels

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Por Rav Daniel Shmuels
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Rav Daniel Shmuels nació en Bogotá, Colombia. Psicólogo de la Universidad Nacional de Colombia, psicoanalista del Lacanian School of Psychoanalysis e hizo sus estudios rabínicos en el Rabbinical College of America. Fue First Assistant Rabbi para Ohev Shalom al igual que para el Chief Rabbinate of Florida. Fundador del Beit Din of South Florida, miembro de los Batei Din of America. Tradujo y editó el libro “Bienvenido al Judaísmo: Una Guía al Judaísmo Básico y la Conversión Judía Ortodoxa”. Actualmente es el Head Rabbi de la Keilá The Private Shul of South Florida.

La pena de muerte por romper Shabat

2021-06-01

Halachot

La Torá nos proporciona varios ejemplos de lo que significa romper Shabat y sus consecuencias. No son todas las Lamed Tet Melajot (39 labores prohibidas en Shabat) del listado de la Mishná, pero sí unas cuantas. Así mismo, la Torá nos enseña que hay dos clases de infracciones cuando de romper Shabat se trata, aquellas que se llevan a cabo intencionalmente y aquellas que se llevan a cabo inadvertidamente. Las primeras conllevan a cabo la pena de muerte y las segundas conllevan la penalidad de ofrecer un sacrificio en el Templo para enmendar el error inadvertido. 

Todo esto lo aprendemos precisamente en la Parshá de Shelaj. El ejemplo dado en este caso es el de un hombre que han encontrado reuniendo leña en el día Shabat. El hombre es llevado frente a Moisés y Aarón para entonces ser vigilado debido a que no se sabía qué hacer con él. Dios le dice a Moisés que la sentencia es la pena de muerte y que debe ser apedreado fuera del campamento. De ahí sabemos que todo aquel que rompa Shabat intencionalmente; es decir, que rompa una Av Melajá, tiene por sentencia la pena de muerte. 

La Melajá en cuestión la conocemos en hebreo bajo el nombre de Me’amer y consta en recolectar, agrupar o reunir un producto natural en un manojo. Aparte de ello, hay autoridades rabínicas que consideran que además de Me’amer, el hombre de la historia también pudo haber sido culpable de Koitzer, cosechar, porque pudo haber cortado o arrancado algunas ramas o todas las ramas de los árboles y no sólo aquellas que estaban en el suelo para entonces ser recolectadas y puestas en un manojo.

Más allá del ejemplo puntual de la Torá, que es extremadamente claro, la pregunta subsiste; a saber, ¿por qué hoy en día no existe la pena de muerte por romper Shabat? ¿Acaso sabíamos desde hace dos mil años que ello podría eventualmente ser considerado inhumano por el desarrollo social occidental? Es más, ¿qué pasaría si en este momento volviésemos a practicar la pena de muerte como sentencia para aquellos que rompen Shabat?

Pues bien, el motivo por el cual no existe la pena de muerte actualmente por romper Shabat es una especie de amalgama de interpretaciones rabínicas y de tradición que más bien caen en una zona gris que le permite a cada quien tomar la interpretación que mejor le parezca. 

Por un lado, existen opiniones rabínicas que establecen la necesidad de un Templo existente y en servicio en Jerusalén para que esto pueda suceder nuevamente. Técnicamente estaríamos hablando de un Tercer Templo de Jerusalén y por ende del reinado del Moshiaj Tzidkeinu junto a un Gran Sanhedrin real formal para todo Eretz Israel, destituyendo la institución conocida como Kineset en la actualidad, con tribunales rabínicos como único medio de justicia, incluyendo casos criminales, cuya única y soberana constitución es la Torá. Aparte de ello, los jueces; es decir, los rabinos, regresarían a tener e instituir la Semijá clásica que venía en línea directa de Moisés. En esta opinión, es sólo bajo esas condiciones que la pena de muerte por romper Shabat se puede llevar a cabo nuevamente.

Ese último aspecto, el de la Semijá clásica, nos lleva a una segunda opinión, la de aquellos que establecen que por tradición, la pena de muerte por romper Shabat no puede ser llevada a cabo desde el siglo cuarto de la era común porque fue en ese momento en el cual se dejó de otorgar o entregar la Semijá clásica como estaba establecida tradicionalmente en Eretz Israel (acá no se está hablando de Medinat Israel sino del Eretz Israel bíblico donde la constitución del pueblo es la Torá). De acuerdo a esta opinión, las cortes o tribunales rabínicos ya no tienen el poder de juzgar casos criminales pues ellos sólo se podían llevar a cabo con miembros que tuvieran exclusivamente ese tipo de Semijá. Ahora bien, cuando se habla de esta Semijá clásica se está hablando de la transmisión oral de un rabino a un pupilo que tomaría su lugar eventualmente, esa transmisión oral que inició de Dios a Moisés, de Moisés a Yehoshua, de Yehoshua a los 71 ancianos, etcétera. Debido a que no ya no puede existir nunca más ese tipo de Semijá, la pena de muerte por romper Shabat es imposible de ser instaurada aún con la llegada del Moshiaj Tzidkeinu. Dentro de esta opinión, hay algunos que consideran que la tradición de Semijá clásica finalizó con la destrucción del Primer Templo más no a partir del siglo cuarto y por ello el Talmud habla de los inexistentes casos de pena de muerte por romper Shabat.

El tercer aspecto de esta amalgama de opiniones tiene que ver con la diáspora, con el concepto que Dina DeMaljuta Dina, la ley del país (en el que estamos viviendo) es la que prevalece. Es decir, no podemos tomarnos la ley por nuestras manos y matar a Piluní por haber recolectado un poco de leña en Shabat. Lo más probable es que en ningún país de la diáspora es ilegal recolectar leña en Shabat y mucho menos ser ejecutado por ello. Es por eso mismo que con certeza absoluta, no se ha matado a nadie por romper Shabat en los últimos dos mil años. Pero la cosa va más allá, aún si las cortes rabínicas tuvieran el poder de establecer la pena de muerte por romper Shabat, sería muy difícil hoy en día que alguien fuese condenado a ello, especialmente porque las protecciones talmúdicas para la defensa hacen que la pena de muerte, inclusive para el Gran Sanhedrin, sean muy difíciles de llevar a cabo. Los requisitos necesarios exigen que un emisario de la corte rabínica le haya advertido al transgresor que no debe llevar a cabo la Melajá; además, se exige que dos testigos competentes (es decir que tengan esta Semijá clásica, acá no es suficiente el que sea Shomer Shabat) por separado hayan visto al infractor llevar a cabo el acto. Y para que esto suceda, la cosa está complicada; es decir, ni por esas hoy en día esto podría suceder. 

No es que nos haya llegado al iluminismo humanitario occidental hace dos mil o inclusive más años atrás, es que sencillamente la Halajá no nos permite hacerlo por cualquiera de las razones dadas anteriormente o por todas a la vez. Es una cuestión Halájica y ella es la que se cumple.

Ahora bien, seguro que hay más de uno, de esos que se paran en la cima del monte en Jerusalén hoy en día para tirarle piedras a los que rompen Shabat, que deliran sobre la verdad absoluta y única que no es necesario que haya Templo o Moshiaj o Sanhedrin Gadol y mucho menos que exista una Semijá clásica para la instauración de casos crimínales dentro de los Batei Din para entonces establecer de inmediato la pena de muerte, porque seguro que ese tipo de personajes creen que ellos mismos son la encarnación de la Semijá clásica para en carne propia asegurarse que la ley se está llevando a cabo y que nadie los puede condenar porque es Dios quien los protege y quién protegerá a Eretz Israel para hacer cumplir Su voluntad, la de matar a todo aquel que rompa Shabat. Y de esos hay más de uno; empero, es mi humilde opinión que no son muchos los que piensan así, más bien el grueso está en aquellos que piensan que la pena de muerte por romper Shabat se instaurará nuevamente con la llegada del Moshiaj Tzidkeinu y la consecuente construcción del Tercer Templo, etcétera. Y ahí si es cierto, sólo Dios sabe lo que pasará entonces y si se se instaurará nuevamente la pena de muerte por romper Shabat.

En conclusión; sí, la Torá Shebijtav nos enseña que existió una pena de muerte por romper Shabat y que la Torá Shebealpe nos enseña que hay ciertas condiciones muy difíciles de converger para que ello se lleve a cabo tanto milenios atrás como en nuestros días. Además, diferentes opiniones y legislaciones establecen que ese ya no será jamás el proceder de Israel; en cambio, existirá un castigo que apartará a esa persona de su pueblo, de todo Israel, la condena de Karet. Y Karet, es algo que merece todo un estudio por sí mismo. 



Comentarios de los lectores




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Ida Gutsztat
Sin lugar a dudas una magnífica reflexión....
Leer más 2021-06-03