2024-04-26 [Num. 980]


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Columnistas  - Halajot en la Actualidad

Rav Daniel Shmuels

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Por Rav Daniel Shmuels
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Rav Daniel Shmuels nació en Bogotá, Colombia. Psicólogo de la Universidad Nacional de Colombia, psicoanalista del Lacanian School of Psychoanalysis e hizo sus estudios rabínicos en el Rabbinical College of America. Fue First Assistant Rabbi para Ohev Shalom al igual que para el Chief Rabbinate of Florida. Fundador del Beit Din of South Florida, miembro de los Batei Din of America. Tradujo y editó el libro “Bienvenido al Judaísmo: Una Guía al Judaísmo Básico y la Conversión Judía Ortodoxa”. Actualmente es el Head Rabbi de la Keilá The Private Shul of South Florida.

Igualdad Halájica

2018-01-24

Feminism

El fin de semana anterior se celebró la segunda “Marcha de las Mujeres” en Norteamérica, segunda marcha que también se llevó a cabo en muchos países de Europa y Latinoamérica. El motivo original de esta protesta pacífica era pedirle al colegio electoral norteamericano que cambiara el estilo de elección presidencial por uno de voto popular en donde una mujer obtendría la presidencia de los Estados Unidos. Si bien la marcha sucedió poco tiempo después de la inauguración presidencial, el objetivo seguía siendo el mismo propuesto en principio pero ahora con un mayor énfasis en la igualdad de género. 

Al celebrar su primer aniversario, nuevamente tomándose las calles de las principales ciudades del mundo, esta marcha junto con su movimiento va creciendo día a día, mucho más aún cuando en el año anterior los escándalos de acoso y abuso sexual contra mujeres llegó a una cúspide inesperada en todos los campos profesionales. De hecho, surgió en los medios sociales el ahora famoso #metoo (#yotambien), indicativo del abuso y acoso sexual sufrido por mujeres en nuestros días, indicativo de la desigualdad en el trato y el pago profesional de las mujeres o sencillamente como indicativo de simpatizar con el movimiento junto con condenar semejantes actos. 

Pero, ¿qué tiene que ver esta marcha y este movimiento con nuestro judaísmo y con nuestra Halajá? La respuesta es simple, a saber: igualdad de género. 

Nuestra Halajá nos enseña que tanto hombres como mujeres tenemos diferentes deberes y obligaciones religiosas. Todos estamos de acuerdo con ello. Sin embargo, hay aspectos de nuestra Halajá que permiten que tanto hombres como mujeres lleven a cabo la misma labor, empero es una obtusa interpretación sobre la misma la que tajantemente recluye a la mujer de dicha posibilidad. Un ejemplo perfecto de esto es la lectura de la Torá en público. De hecho, el Talmud en la Masejta (sección) de Meguilá 23a nos enseña: “Todos pueden ser incluidos entre los siete (llamados a leer la Torá en Shabat), inclusive un menor y una mujer”. Es más, esta determinación es ratificada por el Mejaber, Rav Yosef Caro, en su Shuljan Aruj (código de Ley judía) donde usa exactamente el mismo lenguaje para determinar quién puede ascender a leer la Torá en público. Entonces; si el Talmud y el Shuljan Aruj establecen que todos podemos ser llamados a la Torá, ¿por qué las mujeres no son llamadas a la Torá en Shabat en nuestras sinagogas ortodoxas?

Antes de responder esta pregunta central, aclararé un par de ideas erróneas que circulan en el mundo ortodoxo frente a la negativa que una mujer pueda leer la Torá en público; a saber, el estado de Nidá (separación cuando una mujer tiene el periodo menstrual) y el escuchar a una mujer cantar. Al parecer, existe la equivocada idea que una mujer no puede tocar un Sefer Torá (rollo de la Torá), un Sidur (libro de oraciones), o cualquier libro religioso cuando se encuentra en estado de Nidá. Esto no es más que un mito y una falta de educación dentro de nuestro pueblo; de hecho, el Talmud nos enseña que las palabras de la Torá nunca pueden llegar a un estado de impureza; es decir, aún cuando una mujer se encuentre en estado de Nidá es falso que ella no pueda tocar un libro con palabras de Torá. Es por tal motivo que tanto el Rambam (Rav. Moshe Ben Maimon - Moaimónides) como Rav Yosef Caro establecen que una mujer en dicho estado sí puede tocar un Sefer Torá.

Otra idea equivocada es lo que se conoce Halájicamente como Kol Isha (voz de mujer), la prohibición de escuchar cantar a una mujer. Cuando una persona es llamada a la Torá, técnicamente debería cantar la lectura de la misma al igual que debería cantar las Brajot antes y después de la lectura. Si bien existe la prohibición de escuchar la voz de una mujer cantar en vivo y en directo, esta prohibición no aplica cuando una mujer canta las palabras de la Torá como lo subraya Rav Ovadia Yosef; de hecho, es por ello que el Talmud permite que una mujer lea la Torá en público. 

Ahora bien, para responder nuestra pregunta central es necesario remontarnos a lo que era la idea en principio de ser llamado a la Torá. Si bien, hoy en día vemos como un honor el ser llamado a la Torá, en origen la idea era que la persona llamada a la Torá enseñara esa porción a la congregación, es por esto mismo que las Brajot (bendiciones) recitadas antes y después hacen referencia a enseñar y aprender Torá. Así mismo, era la persona llamada a la Torá la que leía en voz alta la porción determinada; sin embargo, debido a que muchas personas no la sabían leer apropiadamente se introdujo la costumbre de tener un Baal Koré (aquel que lee la Torá). 

El Talmud, en el versículo ya mencionado, nos enseña que no hay nada erróneo en que una mujer enseñe Torá a un hombre; empero, el problema radica en que el hombre está sujeto a la Mitzvá de estudiar y aprender Torá mientras que una mujer no (éste corresponde a otro tema que se tratará pronto). Como los rabinos vieron el asunto, es que al llamar a la Torá a una mujer se estaba estableciendo que ningún hombre presente estaba instruido apropiadamente en el aprendizaje de la Torá y ello se vería mal para la congregación en general y por ello dijeron que era inapropiado que una mujer leyera la Torá en público, porque tal acto demostraba que los hombres de la comunidad no estaban cumpliendo con su deber religioso. Esto es lo que se conoce como Kevod HaTzibur, el honor de la congregación. Ese es el motivo por el cual una mujer no puede leer la Torá en público. 

De cualquier forma, este argumento desfallece en la actualidad por varios motivos. El primero es que como se ha anotado anteriormente, hoy en día todas las congregaciones tienen un Baal Koré específico para la lectura de la Torá, aún cuando todos los miembros de la congregación puedan leerla apropiadamente. Así que ello no es indicativo que los hombres de una congregación no están cumpliendo su deber religioso de aprender Torá y por ende Kevod HaTzibur no tiene lugar en la actualidad. Es más, cuando se habla de Kevod HaTzibur no se enfatiza si es una decisión o una recomendación debido al uso del lenguaje donde se utiliza la palabra inapropiado y no la palabra prohibido. Regresemos a la historia, Rav Meier de Rutenberg, el Maharam, en el siglo XIII estableció que en una congregación donde no haya suficientes hombres que puedan leer la Torá, Kevod HaTzibur se convierte en una segunda prioridad. 

El segundo motivo, como lo presenta Rav Daniel Sperber en un artículo de Deot, es el de Kevod HaBriyot, la dignidad de los individuos. En la actualidad prevalece más en nuestro mundo judío ortodoxo la dignidad de los individuos que la dignidad de la congregación. En este caso puntual, la dignidad de las mujeres, quienes han sido negadas de leer la Torá en público. De acuerdo a Rav Sperber, la cláusula de Kevod HaBriyot ha sido utilizada a través de nuestras generaciones como un factor decisivo para legislar en instancias donde había alguna duda Halájica. Por ende; se debería aplicar de la misma manera en este caso, sobre todo cuando el mismo Talmud y Shuljan Aruj hacen énfasis en que una mujer puede ser llamada a la Torá. 

Otra historia es que sea el consenso general de las mujeres de una comunidad el que determine que su Minjag (costumbre) es que solo los hombres sean llamados a la Torá. Ese no es el caso en cuestión; de hecho, en este caso las mujeres no han tenido parte alguna, ni voz ni voto. Cuando hablamos de igualdad de género en el judaísmo, hablamos de este tipo de casos. Instancias en las cuales tanto hombres como mujeres, de acuerdo a la Halajá, pueden llevar a cabo un acto pero donde uno de los dos no tiene acceso a ejecutarlo por inferencias extremas que no son aplicables cuando existe una duda Halájica. Literalmente, eso es igualdad de género, el que se presente la verdadera opción y a partir de ahí asumir una decisión comunitaria que beneficie el crecimiento de nuestro judaísmo, de nuestra Torá y de nuestra Halajá siempre dinámica y no petrificada. Entonces, ¿cuál es el lugar que debemos tomar a pesar de nuestros prejuicios y preferencias personales?



Comentarios de los lectores




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Víctor Zajdenberg
Magnífica la nota del Rav Daniel Shmuels sobra la “Igualdad de Género”. Si en Argentina la ortodoxia lo aplicara, no existiría la lamentable grieta que hoy nos separa. Felicítalo por su claridad expos...
Leer más 2018-01-31