Audio por Vilma Chaskel
Hay quienes en la actualidad comparan entre el holocausto de los judíos durante la segunda guerra mundial y la asimilación. Si bien no me gusta comparar este trágico evento de la historia a ninguna otra circunstancia, la intención de quienes lo hacen es establecer un paralelo entre la pérdida física de judíos que causó el intento de exterminio nazi con la pérdida muchas veces irreversible de los judíos que se asimilan, la cual genera una situación de crisis en el seno del judaísmo a la cual podemos denominar como "peligro de vida espiritual". La existencia y la continuidad judías no están jaqueadas únicamente en virtud del antisemitismo, sino que en primer lugar lo están como consecuencia del hecho que el judaísmo dejó de ser una fuerza espiritual significativa para numerosos judíos.
Enfrentamos una situación en la cual el pueblo judío decrece demográficamente. Este es el estado de cosas predominante en la gran mayoría de las comunidades de la diáspora, pocas son las que no padecen los embates de los matrimonios mixtos.
Somos testigos de un proceso de declive demográfico del pueblo judío, el fortalecimiento espiritual, así como también el retorno a las fuentes de algunos sectores del pueblo judío no alcanzan para compensar el número de los que se pierden. Nuestra nación adolece de índices galopantes de asimilación, se trata de un proceso potente y veloz que literalmente cobra "vidas judías", al punto de que a cada minuto que pasa perdemos algún judío en el mundo.
El Rabino Soloveitchik, en uno de sus artículos explica las diferencias existentes entre distintas comunidades de la dispersión judía: "nos queda claro que en la actualidad debemos lidiar con el desafío que representan los 'relegados del pueblo de Israel'...miles de judíos en todo el mundo se encuentran en estado de "relegación", separados y desconectados de la generalidad del pueblo de Israel y los centros de la Torá...no me refiero a judíos que viven geográficamente apartados sino que a aquellos que por diferentes razones están asimilados, alienados y distantes tanto del judaísmo como de los judíos. También sobre estos aplica la profecía que reza: 'si tus dispersos estarán en el extremo de los cielos, también de allí los habré de reunir', estos judíos son nuestra principal preocupación".
Nuestro verdadero desafío es ocuparnos en acercar a aquellos judíos que se han distanciado tanto de la Torá como del pueblo de Israel. Los judíos apartados se sienten lejos de la Torá, del judaísmo y no siempre se sienten hermanos nuestros en su percepción de pertenencia al pueblo de Israel y el colectivo judío.
En esta época de la historia en la cual nuestro pueblo se ocupa de la salvaguarda de la vida de sus miembros, preservar el vínculo de cada uno de nosotros con su identidad, su nación y su tradición es la forma más segura de garantizar la existencia judía de cada uno de nosotros. Empero, me parece que a los efectos de concientizar a la opinión pública respecto de la situación del judaísmo actual es menester definir la vida judía tanto individual como colectiva como bajo amenaza o peligro de supervivencia, situación de "pikuaj nefesh", "peligro", no material o físico sino espiritual.
“Pikuaj nefesh" o peligro mortal es un concepto halájico basado en la preeminencia del valor de la vida y que procura mantenerla a salvo aunque esto implique tener que transgredir Shabat u otros preceptos de la Torá. El valor de la vida no se refiere únicamente al aspecto físico, sino que también está vinculado al aspecto espiritual. La vida como tal es una combinación de elementos tanto físicos como espirituales y por ello ambos dos participan de la misma definición de lo que ésta es. La vida no es solamente una cuestión bilógica, genética y metabólica sino un concepto que incluye también pensamientos, sentimientos, creencias e identidad. Asegurar tanto la vida corporal como la espiritual de una nación, así como la de un individuo es indispensable para salvaguardar su existencia y su futuro.
La pregunta que se presenta ante nosotros es ¿qué se puede hacer a los efectos de preservar la vida judía de una persona? ¿Justifica quebrar las prohibiciones del Shabat? ¿Se puede invitar personas a una clase o una comida de Shabat con la intención de reforzar su identidad judía sabiendo que habrán de asistir mediante el uso del automóvil? ¿Qué tiene permitido hacer tanto un rabino como cualquier judío a los efectos de acercar a un hermano a la tradición ancestral? Estas preguntas no son para nada virtuales sino dilemas muy reales que rabinos y comunidades de la diáspora enfrentan permanentemente día a día y hora tras hora. Estas preguntas son relevantes en un mundo en el cual los judíos se van asimilando y alejando no sólo del cumplimiento de los preceptos sino también de su identidad judía más básica.
El Rabino Shaúl Israeli, de bendita memoria, tuvo a bien innovar el concepto de salvaguarda espiritual o "pikuaj nefesh rujaní" respecto de la supervivencia del pueblo de Israel:
"Debemos discernir si existe o no el concepto de salvaguardar la vida desde un punto de vista espiritual, esto es, cuando existe el riesgo de que un judío que va por malos caminos puediendo trasgredir preceptos tanto sencillos como graves y tenemos la posibilidad de salvarlo: en un caso así ¿también podremos decir que nada es más importante que la salvaguarda de la vida y por lo tanto podremos profanar el Shabat para salvarle?...Cuando se trata cabalmente de la salvaguarda de la vida espiritual debe considerarse el caso como perteneciente a la categoría general de "pikuaj nefesh" o salvaguarda de la vida que se sobrepone a cualquier otra norma y entonces resulta preceptivo salvarlo por todos los medios que se encuentren a nuestra disposición" (Tjumín II pág. 27). Asimismo, en otro artículo el Rabino Israeli trata el tema de la inmigración de los judíos de la ex Unión Soviética a Israel en Shabat y dictamina que se puede quebrar el Shabat para traerlos pues así se los salva de la asimilación completa, entrando esta acción entra en la categoría de salvaguarda de la vida espiritual (Javot Biniamín I 14).
Los argumentos esgrimidos por la halajá a los efectos de justificar el quebrantamiento del Shabat en aras de salvaguardar la vida física se basan fundamentalmente en dos criterios que son igualmente válidos para el caso de la salvaguarda de la vida espiritual. El primero es " cuidaréis mis leyes, y mis sentencias las cuales hará el hombre y vivirá en ellas, y no morirá en ellas" (Tratado de Yomá 85(A)). De esto se desprende que la vida es el valor principal. El segundo argumento considera que es mejor profanar un Shabat para salvar así la vida de la persona de modo tal que pueda cumplir muchos más Shabatot en el futuro. Estos criterios se refieren no solamente al aspecto físico, sino que también al espiritual y al de la identidad del pueblo de Israel.
También Maimónides era consciente de la necesidad de tomar a veces decisiones antinómicas en aras de preservar el cumplimiento general de la norma:
"Si resulta necesario dejar temporariamente sin efecto un precepto positivo o restrictivo a los efectos de devolver a muchos a la senda del cumplimiento o salvarlos de otras trasgresiones se procede conforme requiera la circunstancia. Así como el médico amputa a veces una mano o una pierna para salvar la vida del paciente completo de igual manera el tribunal rabínico puede dictar en un momento determinado que se trasgreda temporariamente una norma a los efectos de que se preserve la comunidad, tal como dijeron nuestros sabios: "profana por él un Shabat para que luego pueda cumplir con muchos más" (Mishné Torá Mamrim II halajá 4).
Entre los eruditos de la halajá se ha debatido el tema de la posibilidad de permitir que se profane un Shabat a los efectos de salvaguardar espiritualmente a alguien en el contexto de evitar conversiones forzadas a otras religiones. Por ejemplo, el autor del Shulján Aruj dictamino que "si a una persona se la saca de su casa en Shabat para que deje de ser judía es preceptivo ir tras ella e intentar salvarla, y para ello está permitido andar más allá de los límites permitidos en Shabat, y en caso de negarse a hacerlo el tribunal rabínico puede forzarle" (Shulján Aruj 306:14).
El autor de la responsa Najalt Shiv´á el Rabino Shmuel HaLevi (siglo 17) fue consultado respecto de cómo debe actuar un padre si escucha que su hijo salió para convertirse al islam, ¿tendrá permitido profanar el Shabat para devolverlo a su hijo al judaísmo? Nuevamente estamos ante un caso de salvaguarda de la vida espiritual. El rabino respondió que considera que se puede profanar el Shabat en aras de devolverlo, aunque el hijo en cuestión haya actuado así por propia voluntad:
"Considero que se puede profanar el Shabat en caso de duda, tal como se lo hace con un enfermo, empleando el criterio de que es mejor que se profane un Shabat y que él no profane muchos otros, y cuanto más diligentemente se pueda actuar mejor, y quien se detiene a hacer preguntas derrama sangre, incluso muchos tienen permitido profanar el Shabat para salvar a una persona enferma para que pueda cumplir muchos Shabatot más. Si bien no se le dice a una persona que trasgreda para beneficiar a su prójimo… y no cabe decir que en caso de muerte física se aplique un criterio diferente… por lo que si se profana por peligro de muerte corporal ante el riesgo de muerte espiritual mucho más aun (Najalat Shiv´á 83).
Según la opinión de este erudito se puede profanar el Shabat a priori si se trata de devolver a un judío a su religión o para detener un proceso de alejamiento de su pueblo. Tal como se permite profanar el Shabat para salvaguardar la vida de un enfermo se permite también hacerlo en caso de salvaguarda de la vida espiritual, como por ejemplo evitar una conversión a otra religión. Especialmente en un caso como este en el que la persona deja de pertenecer a la comunidad judía y ya no habrá de observar ni Shabatot ni precepto alguno y no cabe duda de que en un caso así se debe hacer todo lo necesario con tal de salvarlo.