Al final de la Parashá de Ajarei, la Torá nos advierte que no debemos seguir los caminos perversos de los egipcios para entonces introducirnos a un listado completo de las relaciones sexuales prohibidas para nosotros. El listado incluye adulterio, estar íntimamente con una mujer que se encuentra menstruando, ciertos parientes consanguíneos y por relación, relaciones homosexuales y relaciones con animales. Dios nos advierte de no llevar a cabo este tipo de relaciones prohibidas porque el concurrir en ellas conllevará la expulsión de Eretz Israel, una tierra sagrada que no puede tolerar ningún tipo de comportamiento inmoral.
Esta introducción nos da paso entonces a preguntarnos, ¿cuáles relaciones sexuales son permitidas dentro del marco del judaísmo ortodoxo? La respuesta es sencilla y simple; a saber, las únicas relaciones sexuales permitidas por Dios y establecidas por nuestra sagrada Halajá son aquellas entre marido y mujer vivos que se hayan casado bajo la ley judía y cuya mujer se haya purificado ritualmente en las aguas de la Mikve. Como dice el dicho, más claro no canta un gallo. Sin embargo, cabe anotar que aún dentro de ese concepto hay varios aspectos que se tienen que aclarar. Motivo por el cual pasamos a preguntarnos, ¿cuáles son los matrimonios permitidos y prohibidos para nosotros dentro del marco de la Halajá?
Al introducirnos en este tema, es importante aclarar que no hay un orden específico (de más grave a menos grave) y que dichas uniones matrimoniales son equitativamente inmorales e inapropiadas para Klal Israel en el caso de las prohibiciones. Iniciamos por las relaciones consanguíneas; es decir, familiares de sangre. La prohibición yace hacia padres e hijos, abuelos y nietos, hermanos y medio hermanos y entre tía y sobrino. Por su lado, está permitido el matrimonio entre tío y sobrina y entre primos.
Así como hay relaciones de parentesco consanguíneas, también hay relaciones de parentesco por relación; es decir, relaciones que se establecen por el matrimonio de un tercero. La prohibición en este caso está establecida de la siguiente manera, un hombre no se puede casar con su suegra ni con la madre de ella aún después de divorciarse de su actual esposa o si ella fallece. Un hombre no se puede casar con la hija de su esposa ni con la nieta de su esposa aún después de divorciarse de su actual esposa o si ella fallece. Un hombre no se puede casar con la esposa de su tío (es su tía) aún si el tío la divorcia o fallece.
En el caso de la permisibilidad encontramos lo siguiente, un hombre no se puede casar con la hermana de su esposa; empero, si su esposa o ex esposa fallece puede casarse con ella. Un hombre no se puede casar con la esposa de su hermano; sin embargo, si el hermano fallece sin tener hijos es un Mandamiento Positivo tomar a dicha mujer por esposa. Este procedimiento lleva por nombre Yibum (cuñada); de acuerdo al Ramá en Even HaEzer 165:1, la práctica Ashkenazí es no llevar a cabo dicho Yibum y en cambio realizar una procedimiento de liberación llamado Jalitzá por medio del cual la cuñada se puede casar con cualquier otro hombre.
Para continuar, es pertinente anotar que hay una diferenciación establecida por el Rambam entre matrimonios prohibidos MiDeOraita (por la Torá) y matrimonios prohibidos MiDeRabanan (por los rabinos). En el caso MiDeOraita, un matrimonio prohibido es inválido y equivale a que ni siquiera hubiera tomado lugar; empero, en el caso MiDeRabanan un matrimonio prohibido aún cuando esté prohibido es válido.
Ahora bien, hay judíos que no se pueden casar con otros judíos por su estatus particular. Este es el caso de un judío o una judía nacidos de una unión prohibida; vale decir, uno de los matrimonios prohibidos así no haya habido un matrimonio. Dentro del judaísmo, estos judíos se conocen como Mamzer (masculino) o Mamzeret (femenino). Este término se traduce comúnmente como bastardo; sin embargo, la definición de dicho término al español no es apropiada ni puntual para este caso. También vale aclarar que un Mamzer no es el hijo de una unión permitida sin matrimonio, al parecer existe ese concepto rondando por ahí. Así mismo, el hijo de una mujer judía con un hombre no judío no es un Mamzer.
El segundo tipo de estos casos de estatus particular es el de un Petzuah Dakah, un hombre a quien se le hayan aplastado sus órganos genitales o se le hayan mutilado. La regla general es esta; sin embargo, las particularidades, diversas ramificaciones y diferentes especificaciones son demasiado amplias para presentar acá y lo más apropiado es dirigirse a un Posek (legislador) que pueda decidir la Halajá sobre el caso específico que se le pregunte. En el dado caso que no haya acceso inmediato a un Posek, es necesario preguntar al rabino comunitario y éste debe comunicarse con un Posek experto en el tema.
Otro matrimonio prohibido es el de un judío con una persona de otra religión. Así haya un matrimonio civil legal, ese matrimonio es inválido para la Halajá y esa unión es absolutamente inmoral para el judaísmo. El Talmud, en la Masejta de Eruvin 19a, establece que todo judío que lleve a cabo este proceder pierde su conexión espiritual con su Brit Milá y por consiguiente su conexión con Avraham Avinu. El pecado de casarse con una persona no judía, como lo establece el Mejaber en Even HaEzer, tiene como castigo Karet (ser cortado física y espiritualmente del pueblo de Israel). No hay ninguna excusa para este proceder y mucho menos hay una excusa para promover este tipo de comportamiento bajo el velo de la cotidianidad. Sólo los hijos de una mujer judía bajo dicha unión continúan siendo judíos.
Para finalizar tenemos las prohibiciones adicionales específicamente para un Cohen (sacerdote), descendiente directo de Aarón por línea paterna. Hay matrimonios que están prohibidos sólo para ellos y para nadie más en el pueblo. Si bien, estos matrimonios son prohibidos para un Cohen tienen la particularidad que siguen siendo válidos para la Halajá y por ese mismo motivo los privilegios de su Cohanut son erradicados temporalmente hasta el momento en que se finalice esa unión; por ejemplo, él no puede ser llamado primero a la Torá, ni puede hacer un Pidión HaBen (redención del primogénito), ni puede dar la Birkat HaCohanim (bendición sacerdotal); sin embargo, las prohibiciones que le aplican a un Cohen continúan como es el caso de no entrar a un cementerio, etcétera. El motivo yace en que la Halajá determina que no se puede renunciar al sacerdocio en tanto este es inherente a él.
Los matrimonios prohibidos para un Cohen son, casarse con una divorciada, aún cuando sea su propia ex esposa, una mujer Jalitza, una viuda, una conversa, aún cuando se haya convertido muy pequeña (existe un debate de edad frente a esto pero la mayoría de Poskim continúan con el Din principal), una Jalala (hija de un Cohen producto de una relación prohibida para él), la hija de una mujer judía y un padre no judío y la hija de una relación prohibida para todo judío.